08 de febrero de 2012
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Ayudas para Alquiler de Viviendas
AYUDAS PARA EL ALQUILER DE VIVIENDAS
Uno de los principales problemas del colectivo joven es el
acceso a la vivienda, debido al nivel adquisitivo y al precio que éstas presentan. Por ello, desde
distintos organismos se ponen en marcha diversos planes de fomento del alquiler de viviendas, que
facilitan tanto el alquiler como que las viviendas sean ofrecidas para alquilar. Las ayudas
disponibles son:
¿En qué consiste?
- 210 euros mensuales para el pago del alquiler de su vivienda habitual durante un máximo de cuatro años. Te ahorras 2.520 euros al año de alquiler, y en total 10.080 durante los cuatro años que dura la prestación.
- 600 euros de préstamo que se puede utilizar para la fianza. Al finalizar el contrato de alquiler o cuando dejes de recibir la renta de emancipación, deberás devolver esta cantidad.
- Si se necesita aval, 120 euros para los gastos de su tramitación. Con esto cubres buena parte de los costes necesarios habitualmente para iniciar un contrato de alquiler. En total, te ahorras en el primer mes hasta 930 euros, sumando 600 del préstamo que te puede ayudar para el depósito, 120 euros del coste habitual de un aval y 210 euros de la primera mensualidad.
¿Qué condiciones hay que cumplir?
- Tener entre 22 y 30 años.
- Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales. Esto incluye a trabajadores por cuenta propia o ajena, a los becarios de investigación y a los perceptores de prestación de desempleo o de una pensión por incacapidad.
- Acreditar una vida laborar de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.
¿Cuándo entra en vigor?
- La prestación entró en vigor el 1 de enero de 2008, por tanto ya se puede presentar la solicitud.
- Infórmate en el departamento de vivienda de tu Comunidad Autónoma (Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Sevilla).
¿Qué documentación hay que presentar apra obtener la prestación?
- Basta con presentar el impreso de solicitud en el que figuran los datos personales necesarios para comprobar que se cumplen todos los requisitos como edad, número de la Seguridad Social, referencia catastral de la vivienda, número de cuenta,... , y una copia del contrato de alquiler.
- En algún caso deberás presentar otra documentación que demuestre que cumples algún requisito exigido. Infórmate en tu Comunidad Autónoma (Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Sevilla).
Para más información, puedes visitar la siguiente página web:
Plaza de San Andrés, 2 y 4, 41003, Sevilla
Tlfnos.: 955.057.100 - 955.057.202
www.juntadeandalucia.es/obraspublicasytransportes
DIPUTACIÓN DE SEVILLA
La Diputación de Sevilla, a través de Sevilla Activa S.A., ofrece ayuda tanto a las personas propietarias como a las que deseen alquilar una vivienda.
A) PROPIETARIOS/AS
- Si eres propietario/a de una vivienda desocupada cuya superficie útil no exceda de 120 metros cuadrados, y la ofreces por un período mínimo de 5 años, en arrendamiento a través de Sevilla Activa S.A., tramitan una ayuda de 6.000 €.
- Si sólo la ofreces por un periodo de 2 años, te solicitan y abonan los seguros del hogar, por daños en la vivienda, y de impagos para asegurar el cobro de las rentas.
- En ambos casos la renta mensual tiene un valor máximo definido por la Junta de Andalucía, en función de los metros útiles de la vivienda y de su localización.
B) INQUILINOS/AS
Si estás buscando una vivienda para alquilar y tus ingresos anuales no exceden de 2,5 veces el IPREM, te solicitan una subvención por una cuantía máxima del 40% de la renta, si formalizas el contrato de arrendamiento a través de Sevilla Activa S.A., y estás en alguna de estas circunstancias:
- Tener una edad no superior a 35 años.
- Ser víctima de violencia de género o de terrorismo.
- Familias numerosas y las constituidas por el padre o la madre y los hijos/as.
- Personas con discapacidad reconocida oficialmente, con al menos un 40% de minusvalía o movilidad reducida.
- Personas mayores de 65 años y aquellas que se encuentren insertas en gurpos de protección preferente.
DIPUTACIÓN DE SEVILLA
SEVILLA ACTIVA S.A.
Avda. de la Constitución, 24, 6ª Planta (Pasaje de los Seises), 41001 - Sevilla
Tlfnos.: 954.293.872 - 954.293.840 - 954.293.869
Fax: 954.293.865 - Correo-e: clientesactiva@dipusevilla.es
JUNTA DE ANDALUCÍA
La Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, pone en marcha un programa de Fomento al Alquiler.
El objeto de este programa es la concesión ayudas a las personas propietarias de viviendas libres desocupadas que las ofrezcan en arrendamiento, a los inquilinos e inquilinas, y a las Agencias de Fomento del Alquiler que incluyan dichas viviendas en las Bolsas de Alquiler, en aras de promover y dinamizar el mercado del alquiler.
El programa se instrumenta a través de tres tipos de subvenciones diferenciadas pero conectadas entre sí, a través de las bolsas de alquiler que gestionan las Agencias de Fomento de Alquiler.
Para más información, se puede visitar el siguiente enlace:
Programa de Fomento del Alquiler
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