07 de febrero de 2012

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ABIERTO EL PLAZO DE SOLICITUDES PARA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS

ABIERTO EL PLAZO DE SOLICITUDES PARA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS
03/03/2008

Rehabilitacion Autonomica4
El municipio de Arahal ha sido incluido de nuevo por parte de la Consejería de Obras y Públicas y Transportes en el Programa de Rehabilitación Autonómica de Viviendas para este año 2008.

El programa para este año ha asignado 15 actuaciones para nuestra localidad.

El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 29 de Febrero hasta el 28 de marzo.

Una vez entregadas las solicitudes se valorarán a través de una serie de criterios de baremación 

El Programa de Rehabillitación Autonómica ofrece ayudas a familias con menores recursos que necesitan realizar obras de reparaciones, adaptaciones o nuevas instalaciones en sus viviendas. Las familias con ingresos insuficientes para realizar dichas obras podrán afrontarlas con una subvención económica del 50% del Presupuesto de Ejecución Material de las Obras, con la asistencia gratuita de Técnicos y el Apoyo del Ayuntamiento de Arahal.

El presupuesto máximo admisible para la rehabilitación de viviendas es de 10.000 euros, ascendiendo a los 14.000 euros con carácter excepcional sólo si es necesario corregir la seguridad estructural de la vivienda.

Las familias arahalenses que quieran optar a las subvenciones sólo tienen que dirigirse a la Delegación de Bienestar Social , sita en el edificio principal del Ayuntamiento, en la Plaza de la Corredera nº 1, aportando esta documentación.

Para poder beneficiarse de estas ayudas los solicitantes deben reunir una serie de requisitos como:

1.- El promotor deberá ser el propietario de la vivienda ó arrendatario, con expresa autorización
del propietario.

2.- La vivienda deberá tener una antigüedad superior a 10 años.

3.- La vivienda será de uso habitual y no podrán transmitirse Inter. Vivos durante el plazo de tres
años.

4.- Tener una superficie útil superior a 24 metros cuadrados.

5.- Presentar unas características de seguridad estructural que garantice la intervención.

6.- Las obras podrán tener una ó varias de las siguientes finalidades:
A.- Estabilidad y seguridad estructural y constructiva.
B.- Estanqueidad frente a la lluvia.
C.- Iluminación y ventilación de espacios.
D.- Instalaciones de suministros de agua, gas, electricidad y saneamiento.
E.- Supresión de humedades de capilaridad y condensación.
F.- Supresión de barreras arquitectónicas y adecuación funcional a las necesidades de
personas con discapacidad.
G.- Mejora de las condiciones de ahorro energético.
H.- Adecuación para el acceso a las tecnologías de la información y comunicaciones.
I.- Redistribución interior.
J.- Ampliación de superficie hasta un máximo de 120 metros cuadrados útiles cuando implique
eliminación de barreras ó resida una familia numerosa.

7.- El presupuesto de ejecución por vivienda será de 10.000 € ó de 14.000 € cuando sea
imprescindible para corregir las condiciones de seguridad.

8.- Límite de ingresos.
Los ingresos anuales del promotor, propietario, inquilino o usuario, no serán superiores a 2,5
veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM):
1 ó 2 miembros....................... 18.971,95 €
3 ó 4 miembros....................... 21.079,95 €
5 ó más miembros.................. 23.714,95 €